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¿Qué es mejor, la TUR o una tarifa contratada con comercializadora?

Depende. Depende de la tarifa que le ofrezcan y las alternativas que tenga para mejorarla. Si tiene más de 10 kW no tiene derecho a TUR y por lo tanto no tendrá elección. Debe elegir una comercializadora antes de que la tarifa disuasoria que le aplican le cause un disgusto (sobre todo si tiene tarifa con discriminación horaria) o que le interrumpan el suministro (a partir de enero de 2012).

Sin embargo si tiene derecho a la TUR, debe tomarse con calma el aceptar una oferta (se venden como un descuento) de alguna comercializadora. ¿Por qué? Porque los amplios descuentos que se ofrecen esconden siempre una letra pequeña que deberá tener muy en cuenta antes de firmar un contrato. No contrate nada sin antes haber podido comprobar qué paga actualmente por la electricidad y qué pagará con la nueva tarifa, si le aplican algún tipo de descuento, y la duración de este descuento, la duración del contrato, los requisitos para cancelar el contrato , la penalización, si ha de contratar algún seguro y/ó servicio, si incluye claúsulas de revisión de tarifas automáticas (sin necesidad de comunicar ni contar con el visto bueno del cliente) y en base a qué criterio.

  • En base a TUR (la mejor opción por el momento siempre y cuando no supere los 10 kW)
  • En base a tarifas de Acceso (se lo desaconsejamos por el momento)
  • En base al IPC, razonable en la medida en que no se añada a a las otras revisiones, tal y como hace Iberdrola que lo suma a las tarifas de acceso.

    Si esta información no la tiene clara y no le es posible cotejarla en el contrato antes de firmar, no acepte la oferta.

  • Salvo que tenga más de 10 kW, la TUR será un cómodo resguardo, pero con ASENBAL, tiene posibilidades de pagar menos si acepta alguna de nuestras ofertas.

ASENBAL, C.B. | info@asenbal.es
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